Productos o Mercancías excluidas de la Declaración de INTRASTAT
Quedarán excluidas de la Declaración INTRASTAT aquellas mercancías o productos enumeradas en el Anexo I de la Resolución de Ia AEAT sobre el sistema Intrastat, y son las que siguen:
- Medios de pago de curso legal y valores.
- Oro monetario
- Ayudas de emergencia a zonas siniestradas.
- Mercancías que disfruten de inmunidad diplomática, consular o análoga.
- Mercancías destinadas a un uso temporal o que lo han tenido, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Que no se prevea ni se realice tratamiento alguno;
- Que la duración prevista del uso temporal no sea superior a 24 meses;
- Que la expedición/introducción no deba declararse como entrega/adquisición a efectos del IVA.
- Material publicitario.
- Muestras comerciales.
Asimismo, en segundo lugar quedarán también excluidas de la declaración Intrastat todas aquellas expediciones e introducciones de mercancías cuyos movimientos entre Estados miembros de la Unión Europea hayan sido formulados en Declaraciones Aduaneras (Documento Único Administrativo), y en particular:
- Las expediciones de mercancías que, en el Estado miembro de expedición, estén incluidas en el régimen de perfeccionamiento activo o en el régimen de transformación bajo control aduanero.
- Las introducciones de mercancías que, en el Estado miembro de expedición, hayan sido incluidas en el régimen de perfeccionamiento activo o en el régimen de transformación bajo control aduanero y que, en el Estado miembro de llegada, se hayan mantenido en el régimen de perfeccionamiento activo o en el de transformación bajo control aduanero.
Normativa
- Resolución de 27 de enero de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la elaboración de las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros (sistema Intrastat).
- Orden HAP/338/2013, de 26 de febrero, por la que se fijan umbrales relativos a las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea para el año 2013.
- Reglamento (CE) n.º 638/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre estadísticas comunitarias de intercambios de bienes entre Estados miembros.