¿Quién debe presentar el Modelo 349?
Deben presentar la declaración 349 todos aquellos sujetos pasivos del IVA que hayan realizado en el período de declaración alguna de las siguientes operaciones intracomunitarias que se mencionan a continuación:
- Entregas Intracomunitarias de bienes que resulten exentas conforme a lo establecido en los apartados uno, dos y tres del artículo 25 de la Ley.
- Entregas Intracomunitarias de bienes posteriores a importaciones exentas.
- Entregas Intracomunitarias de Bienes subsiguientes a Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes en operaciones triangulares.
- Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes sujetas al impuesto incluyendo aquellas adquisiciones de bienes que hayan sido previamente importados en otro Estado miembro donde dicha importación haya estado exenta.
- Prestaciones Intracomunitarias de Servicios.
- Adquisiciones Intracomunitarias de Servicios.
Normativa
- Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias