Guía INTRASTAT. Aspectos básicos de la Normativa
¿Qué es INTRASTAT?
La constitución del Mercado Único en 1993 supuso la desaparición de las formalidades aduaneras entre los Estados miembros y, por tanto, la supresión de las declaraciones que proporcionaban la información necesaria para la obtención de los datos relativos al comercio de bienes entre los Estados miembros de la Unión Europea. Este hecho hizo necesario el establecimiento de un procedimiento que permitiera conocer estos movimientos con fines estadísticos, surgiendo así el sistema Intrastat.
Podemos resumir que INTRASTAT es una normativa Europea, que nace como consecuencia de la necesidad de conocer las estadísticas de comercio consecuencia de todos los movimientos de mercancía, compra o venta, que realizan todos los paises miembro.
Ámbito de aplicación de INTRASTAT
- Expediciones. incluirán las mercancías comunitarias excepto aquellas que se encuentren en simple circulación, y que salgan del Territorio Estadístico Español, a excepción de las las Islas Canarias, con destino al territorio estadístico de otro Estado Miembro.
- Introducciones. incluirán las mercancías comunitarias, excepto aquellas que se encuentren en simple circulación, y que entren en el Territorio Estadístico Español, a excepción de las Islas Canarias, procedentes de otro Estado Miembro.
Por Mercancías en SIMPLE CIRCULACIÓN, entendemos que son aquellas mercancías que durante el trayecto a otro Estado Miembro atraviesan directamente o se detienen por motivos de transporte otro Estado Miembro.
El comercio intracomunitario
El comercio intracomunitario es el realizado entre dos Estados Miembros de la Unión Europea. Todas las mercancías que circulen desde un Estado Miembro de la Unión Europea para ponerse a disposición del destinatario en otro Estado miembro, será objeto de las estadísticas de intercambio de bienes entre los Estados Miembros.
De acuerdo con la Resolución Intrastat, por mercancía hemos de entender todos los bienes muebles, incluida la energía eléctrica.
Tendrá consideración de mercancía comunitaria a efectos de la declaración Intrastat las siguientes mercancías:
- Mercancías obtenidas íntegramente en el Territorio Aduanero de la Unión Europea sin participación de mercancías procedentes de los terceros países o de territorios que no formen parte del Territorio Aduanero Comunitario.
- Mercancías procedentes de terceros países o de territorios que no formen parte del Territorio Aduanero Comunitario o de territorios que no formen parte del Territorio Aduanero Comunitario hayan sido despachadas a la libre práctica en la aduana de cualquier Estado miembro.
- Mercancías obtenidas en el Territorio Aduanero Comunitario a partir de mercancías contempladas en el punto anterior exclusivamente, o a partir de las mercancías contempladas en los dos puntos primeros.
El territorio estadístico español
El territorio estadístico de los Estados miembros coincide con su territorio aduanero, tal y como se define en el artículo 3 del Reglamento (CEE) número 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el Código Aduanero Comunitario. El Territorio Aduanero Español incluido en el comunitario es el formado por la Península, las Islas Baleares y las Islas Canarias, quedando excluido del Territorio Aduanero Comunitario las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
El Territorio Estadístico Español coincide con el Territorio Aduanero Español. Sin embargo no se incluirán en el sistema Intrastat las expediciones o introducciones que se efectúen entre las Islas Canarias y el territorio estadístico de los Estados miembros.
Normativa
- Resolución de 27 de enero de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la elaboración de las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros (sistema Intrastat).
- Orden HAP/338/2013, de 26 de febrero, por la que se fijan umbrales relativos a las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea para el año 2013.
- Reglamento (CE) n.º 638/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre estadísticas comunitarias de intercambios de bienes entre Estados miembros.